Fuertes penas para autores de incendios forestales

Los autores de incendios forestales graves podrán ser penados con 9 años

Fecha de Publicación
: 12/10/2012
Fuente: EFE
País/Región: España


Los autores de incendios forestales que se consideren especialmente graves y que afecten a espacios protegidos naturales podrían ser penados hasta con 9 nueve años de cárcel, según el informe del Anteproyecto de reforma del Código Penal, visto hoy en Consejo de ministros
De acuerdo con este texto, que se ha decidido remitir para su dictamen a los organismos competentes, se eleva la pena para los causantes de incendios forestales de los 3 a 5 años actuales hasta un horquilla de 6 a 9 con la nueva redacción.
Cuando los incendios afecten a espacios naturales protegidos se castigarán del mismo modo que los delitos contra el medio ambiente, lo que significa que sus autores podrán ser castigados con la pena superior en grado, que en este caso supone nueve años de prisión.
En la misma línea, la reforma incorporará la posibilidad de imponer al responsable actuaciones orientadas a reparar el daño causado y se considerará la atenuante de reparación de daño.
El nuevo Código Penal añade al catálogo de supuestos agravados que contenía el artículo 353 del vigente los incendios que afecten a zonas próximas a poblaciones o lugares habitados y a zonas forestales que constituyan el hábitat de especies animales en peligro de extinción o de flora amenazada, o que alteren significativamente las condiciones de vida animal o vegetal.
También se incluyen como supuesto agravado los incendios provocados en un momento en el que las condiciones climatológicas o del terreno incrementen de forma relevante el riesgo de propagación.
Además, se modificará la Ley del Jurado para que estos delitos pasen a ser competencias de tribunales integrados por jueces profesionales.
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