Registro de productos químicos en la UE

Registro de productos químicos que garantizará la seguridad a los usuarios

Fecha de Publicación: 05/11/2008
Fuente: Europa Press
País/Región: Unión Europea



A partir de hoy, todas las sustancias químicas que se comercialicen por primera vez a partir de una producción de una tonelada anual por fabricante deberán registrarse en un sistema único, según estipula el Real Decreto 1802/2008, de 3 de noviembre, publicado hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
El objetivo de esta medida es el de aumentar la seguridad y el grado de protección de los ciudadanos, así como el respeto medioambiental de este tipo de productos. Sólo en Europa, actualmente se comercializan más de 100.000 sustancias químicas diferentes.
Este decreto modifica el anterior reglamento relativo a la notificación de sustancias nuevas y a la clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas, a instancias de los ministerios de Sanidad y Consumo; Industria, Turismo y Comercio, y Medio Ambiente y Medio Rural y Marino.
Asimismo, adaptará los contenidos al reglamento 'Reach', que establece el marco europeo para la comercialización de sustancias químicas y fija un sistema integrado único para su registro, evaluación y autorización, para mejorar tanto el conocimiento como el control de estas sustancias, según se aprobó en el último Consejo de Ministros.
El reglamento 'Reach' también regula la comunicación, la información de los peligros y el uso de las sustancias químicas en toda la cadena de suministro. A su vez, legisla sobre la autorización de sustancias peligrosas como las cancerígenas, las mutagénicas o las tóxicas, al tiempo que prevé la posibilidad de establecer restricciones a la fabricación, comercialización o uso de una sustancia de origen químicos.

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