Colombia: denuncian al Gobierno de desacato por fracking



Estudiarán desacato contra Gobierno por decreto de pilotos de fracking

Fecha de Publicación
: 28/07/2020
Fuente: El Tiempo (Colombia)
País/Región: Colombia


Consejo de Estado analizará si se incumplió lo establecido sobre proyectos piloto de investigación.
Luego de que al Consejo de Estado llegó una solicitud de desacato contra el Gobierno, que en febrero pasado expidió un decreto para regular los proyectos piloto de investigación integral sobre fracking (PPII), el alto tribunal decidió abrir el incidente para estudiar si el Gobierno incumplió o no lo permitido sobre los proyectos.
Fue el mismo Consejo de Estado el que, en una decisión de septiembre del 2019, mantuvo suspendidas las normas que regulan el fracking en Colombia (Decreto 3004 de 2013 y Resolución 90341 de 2014) pero aclaró que esto no impedía la realización de PPII, e indicó que estos debían cumplir con una serie de requisitos.
Sin embargo, para los promotores del desacato, en el Decreto 328 del 28 de febrero del 2020, por medio del cual se fijaron los lineamientos para adelantar proyectos piloto, el Gobierno incumplió con las condiciones que impuso el alto tribunal para permitir esos proyectos.
Los accionantes sostuvieron que el Decreto 328 no menciona los impactos ambientales no resueltos o no compensados que ha generado la industria de los hidrocarburos en los yacimientos convencionales; no contempla un plan de acción concreto para desarrollar las capacidades y el fortalecimiento institucional, ni observa los estándares legales para garantizar la transparencia y la provisión de la información.
También dijeron que esa norma omite establecer una disposición que regule el concepto de licencia social y la forma en que esta se otorga por parte de las comunidades locales; diseña procedimientos para el levantamiento de líneas bases generales y locales que no garantizan los más altos estándares de cientificidad e independencia ni cubren la totalidad del estudio de los riesgos asociados al fracking; y contiene disposiciones que no garantizan el carácter científico de los PPII.
Con la apertura del incidente de desacato se dará oportunidad a las partes para que se pronuncien sobre el tema, para luego resolver si hay o no lugar a declarar un incumplimiento.
Ahora, en un término de máximo tres días, los ministros del Interior, de Hacienda y Crédito Público, de Salud, de Minas y Energía, de Ambiente y el Director del Departamento Administrativo de la Función Pública deberán pronunciarse sobre este incidente de desacato.
De otro lado, como actualmente también cursa una demanda de nulidad contra el Decreto de pilotos de fracking, dentro de este incidente de desacato se ordenó allegar copia de la demanda de nulidad y las medidas cautelares solicitadas o decisiones que se hayan tomado.
Más allá de estos dos recursos (nulidad y desacato), el Consejo de Estado debe decidir de fondo sobre la demanda contra las normas que regulan la técnica en el país, suspendidas desde 2018 en virtud de esa demanda.
En ese proceso los demandantes argumentan que el fracking iría en contra de la protección del medioambiente y la salud de los colombianos. Por su parte, el Gobierno ha argumentado que la explotación de yacimientos no convencionales de hidrocarburos a través de la técnica de fracturamiento hidráulico es de gran importancia para la seguridad energética del país.
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