El pueblo indígena Kichwa todavía espera acciones



Pueblo indígena reclama al Estado medidas de reparación por explotación de recursos naturales

Fecha de Publicación
: 01/08/2014
Fuente: Adital
País/Región: Ecuador


Después de dos años de espera, el pueblo indígena Kichwa de Sarayaku reclama que el Gobierno de Ecuador cumpla las medidas de reparación a la comunidad que fueron dictadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) en julio de 2012. El Estado ecuatoriano se resiste a hacer valer el derecho a la consulta de los pueblos indígenas y a desarrollar una legislación específica para el ejercicio de ese derecho.
En su decisión, la Corte comprendió que el Estado de Ecuador no había respetado el derecho a la consulta previa, libre e informada del pueblo Kichwa de Sarayaku, cuando en 1996 concedió gran parte del territorio de la comunidad a la empresa petrolera argentina CGC y no realizó los estudios de impacto social y ambiental necesarios. Se violaron así los derechos a la consulta, propiedad e identidad cultural estipulados en la Convención Americana de Derechos Humanos, en perjuicio de Sarayaku.
Así, la Corte IDH ordenó reparaciones a favor del pueblo Kichwa, incluyendo las de carácter económico, como medidas de restitución, por ejemplo, la extracción de 1,4 toneladas de explosivos que la empresa petrolera dejó en el territorio de Sarayaku. Además, determinó que se tomaran medidas simbólicas, como la difusión de la sentencia y la realización de un pedido de disculpa y garantías de que no se repetirán las violaciones.
Entre estas garantías, se ordenó al Estado ecuatoriano la obligatoriedad de la consulta al pueblo de Sarayaku de manera previa, adecuada, efectiva y en conformidad con patrones internacionales, en el caso de una eventual actividad o proyecto de extracción de recursos naturales en su territorio. A pesar de esto, la Secretaría de Hidrocarburos de Ecuador anunció que estaría analizando la oferta de la empresa petrolera Andes Petroleum Ecuador LTDA, cuya concesión afectaría un área de 6.790 hectáreas del territorio de Sarayaku, sin realizar ningún proceso de consulta al pueblo indígena, reincidiendo en la violación de derechos humanos.
Se suma a esto la determinación de la Corte para que el Estado de Ecuador adopte las medidas legislativas, administrativas o de otra naturaleza que sean necesarias para efectivizar, en un plazo razonable, el derecho a la consulta previa de los pueblos y comunidades indígenas y tribales de la región. El gobierno debe también modificar las medidas hoy implementadas, que impidan su pleno y libre ejercicio, asegurando la participación de las comunidades en el proceso de ocupación del área y utilización de los recursos naturales.
Aunque el gobierno ecuatoriano ya haya avanzado en el pago de las reparaciones económicas a Sarayaku y hecho efectivas algunas acciones simbólicas de reparación, el Estado sostiene que no es necesario adoptar una legislación relativa al derecho a la consulta. Como argumento, el Poder Público utiliza el "Reglamento para la ejecución de la consulta previa libre e informada de los procesos de licitación y atribución de bloques de hidrocarburos”, aprobado por el Decreto Ejecutivo Nº 1247, del 19 de julio de 2012. De acuerdo con el gobierno, esa disposición ya cumpliría la reparación ordenada por la Corte.
Basado en todo este contexto, el pueblo de Sarayaku reclama al Estado de Ecuador que tome ya medidas relativas a una ley de derecho a la consulta en conjunto con los pueblos indígenas ecuatorianos, de acuerdo con los patrones establecidos por la Corte IDH en la sentencia del caso. Ésta sería, para la comunidad, la medida más importante, ya que evitaría la reproducción de las violaciones cometidas no solamente en su contra sino también contra otros pueblos de Ecuador, funcionando como un precedente importante para todas las comunidades indígenas de América.
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