La Barrick insiste en Chile en la justicia

 


Pascua-Lama: mientras se juega su última carta en la Corte Suprema, el SII le autoriza crédito por US$443 millones

Fecha de Publicación
: 18/11/2020
Fuente: Ciper (Chile)
País/Región: Chile


La empresa dueña de Pascua-Lama, Barrick Gold, se juega su última opción ante la justicia para impedir la clausura definitiva de su controversial proyecto minero. En paralelo a esa disputa, el SII le aprobó un crédito por US$443 millones, originado por el IVA asociado a las inversiones que hizo para poner en marcha esta obra. Aunque eventualmente puede ser clausurada de forma definitiva y nunca exportar un gramo de oro, plata o cobre, la resolución del SII igual le permitirá recuperar el dinero. Solo debe convertirse en exportadora de energía, aunque ese rubro no tenga relación con su inversión en minería. Funcionarios del SII acusan que es un beneficio sin precedentes que no se ajusta a las normas y que permitirá a Barrick recuperar parte de sus gastos en Pascua-Lama con dinero de impuestos.
Hasta el momento, Pascua-Lama ha sido un dolor de cabeza para la empresa que controla ese proyecto, la canadiense Barrick Gold. La mina ubicada en Alto del Carmen (Atacama) ha sido cuestionada por comunidades locales, la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) y la justicia. De hecho, en septiembre de este año, el Primer Tribunal Ambiental decretó su clausura definitiva. Si bien Barrick anunció que no apelaría, otro actor del juicio ingresó un recurso que es revisado por la Corte Suprema. Al margen de lo que ocurra en tribunales, la compañía cuenta con una carta bajo la manga que le significaría un cuantioso ingreso, incluso si se ratifica la clausura definitiva de su proyecto minero: un crédito fiscal de US$433 millones, autorizado por el director nacional del Servicio de Impuestos Internos (SII), Fernando Barraza.
El mecanismo legal para obtener el dinero se origina en los US$443 millones que el Fisco ha pagado a Barrick por el IVA de todas las inversiones que ha hecho para poner en marcha su proyecto. Ahora, la empresa debe devolver ese dinero al SII. Y una vez que lo haga, según autorizó el director de Impuestos Internos, se le abrirá un crédito por el mismo monto.
El problema, según funcionarios del SII que se oponen a esta resolución, es que las inversiones que ha hecho Barrick tienen dos objetivos: exportar minerales y exportar energía. Y aunque la justicia está a punto de clausurar su arista minera, el SII de todas maneras ha autorizado que reciba el crédito incluyendo los gastos que ha hecho en ese rubro. Basta que se convierta en “exportador puro” de energía (solo debe venderla al exterior del país), para que recupere todo el IVA asociado a las inversiones originales de su proyecto, tanto en minería como en energía.
Funcionarios del SII –que pidieron la reserva de sus identidades– explican que no corresponde beneficiar a una empresa con un crédito de este tipo si sus inversiones no se relacionan con el producto que va a exportar. En este caso, dicen, debieran considerarse por separado las inversiones hechas en minería y las de energía. En este momento, indican, con independencia de que la Corte Suprema pueda ordenar la clausura definitiva de Pascua-Lama, la resolución del SII ya le permite recuperar todo el IVA de sus inversiones en el área minera, aunque nunca exporte un gramo de oro, plata o cobre de ese yacimiento.
El oficio que le permitirá cobrar el crédito por US$443 millones a Barrick Gold fue firmado por el director del SII, Fernando Barraza, en diciembre de 2019. La única condición expuesta en el documento es que la empresa se transforme en un «exportador puro» de energía (que no comercialice dentro de Chile), sin especificar si el beneficio se limita a exportaciones provenientes de la mina o a otro producto de la compañía. Tampoco señala una fecha límite para cobrarlo.
En los hechos, afirman los detractores de la resolución, si la Corte Suprema resuelve clausurar la línea de extracción de minerales, y solo se mantiene la de exportación de energía, se estarían “regalando” parte de esos US$443 millones, puesto que esa cifra incluye el IVA que se entregó anticipadamente a la empresa para financiar ambas actividades.
Uno de los puntos que tornan llamativa esta resolución es que el monto en juego es inusualmente alto. El SII informó a CIPER los montos globales anuales de créditos de este tipo autorizados por el servicio en la última década. Y las cifras confirman que la cantidad aprobada para Barrick es superior a la suma de todos los montos autorizados a contribuyentes en los últimos seis años. De hecho, solo un año la suma aprobada para todos los contribuyentes superó el monto autorizado a Barrick: en 2013, cuando se pagó un global de US$470 millones.
Tal como ocurrió con la rebaja de $1.400 millones que se aplicó al monto global sobre el que se calcularon los impuestos de Penta, la resolución que favorece a Barrick Gold es vista entre funcionarios del SII como un beneficio excepcional para una gran empresa. No obstante, el SII respondió a CIPER que el crédito autorizado se ajusta a las normas. De cualquier forma, distintas fuentes consultadas por CIPER concuerdan en que, tal como ocurrió con el caso de la rebaja para Penta, aunque eventualmente se concluya que no incumple las normas, se trata de un tema que debe ser conocido por la opinión pública para que se discuta la legitimidad de estas reglas.

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